domingo, 28 de marzo de 2010

OJO POR OJO...


Cientos de miles de latinoamericanos vamos año tras año de vacaciones a Europa y casi siempre pasamos por, o entramos por España, entre ellos, miles de brasileros (alrededor de 14.000 por año para ser más exacta). Y a su vez, cientos de miles de europeos (sobre todo españoles, italianos, ingleses y alemanes) pisan nuestras tierras. De hecho, alrededor de 200.000 españoles al año van a Brasil... sólo imagínense cuál podría llegar a ser el número total de europeos que sale de vacaciones a nuestro continente.

Debido a las negativas que reciben tantos turistas tan sólo pisar Barajas, el gobierno brasilero decidió responder en favor de su gente utilizando el derecho a la "reciprocidad". Hoy por hoy, los europeos que intentan llegar a Brasil (algunos, como en todos lados, con vacaciones realmente pautadas de 15 o 20 días... otros con la idea de recorrer o no pero quedarse uno o dos años o hasta que dé). Y dicen que se han puesto más duros aún específicamente con los turistas españoles.

Los requisitos son:
* Pasaporte con al menos 6 meses de validez.
* Pasaje ida y vuelta.
* Reserva hotelera o "carta de invitación".
* Solvencia económica (entre 50 y 60 euros diarios).
* Carta Sanitaria Internacional.

Ojo por ojo, diente por diente... quien no lo cumple, regresa a su país por donde vino.

No sabemos hasta dónde va a llegar todo esto... quizás ahora sea más difícil para los brasileros entrar a Europa, quizás no. Quizás otros países empiecen a implementar la ley de reciprocidad, quizás no. Quizás simplemente los turistas europeos decidan hacer sus vacaciones en otro lugar, dios dirá. Sea como sea... felicitaciones a Lula!

domingo, 21 de marzo de 2010

CARTA DE INVITACIÓN


Hoy les postearé los requisitos oficiales (y no oficiales) sobre la carta de invitación para ingresar a España, acorde a las leyes migratorias de la Comunidad Europea:

  • El particular que pretenda obtener una carta de invitación a favor de un extranjero deberá dirigir su solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, que será la competente para su tramitación y expedición.

  • La solicitud (http://www.mir.es/file/11/11112/11112.pdf ) deberá contener los siguientes extremos:
1. Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número del documento de identidad o pasaporte, cuando se trate de español, o pasaporte, tarjeta de identidad de extranjero o número de identidad de extranjero, cuando no ostente la nacionalidad española, y domicilio o lugar completo de residencia.
2. Manifestación expresa de su voluntad de invitar y de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio principal, que será el arriba indicado, bien en una segunda vivienda, en cuyo caso, determinará el lugar concreto.

El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda (título de propiedad, contrato de arrendamiento u otros, de acuerdo con la legislación civil vigente).

3. Relación o vínculo que mantiene con el invitado.
4. Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar concreto de su residencia o domicilio y número de pasaporte del invitado.

Excepcionalmente, en los casos en los que la gestión lo aconseje, la invitación podrá referirse a varias personas, debiendo indicarse en la solicitud los datos antes mencionados respecto de cada una de ellas, así como la disponibilidad de domicilio para todas.

5. Período durante el cual está prevista la estancia del invitado, especificando, de manera aproximada, el primer y el último día de la misma.
6. Antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información expuesta es verídica.
7. En la solicitud, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:
a) El Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre de 1995, tipifica como delito, en el artículo 318. bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión».
b) La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considera infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito», pudiendo imponerse sanción de multa desde 6.001 hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres a diez años, tal como disponen sus artículos 54.1.b), 55.1.c) y 57.1. de la citada Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
c) Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del invitado como del invitante, serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación ante la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

  • Una vez recibida la solicitud por la dependencia competente para su tramitación, ésta iniciará su tramitación, nombrándose instructor del procedimiento, de cara a resolver en el sentido que proceda en relación con la misma con la mayor brevedad posible.
  • Cuando por el instructor del procedimiento se juzgue pertinente, se podrá emplazar al solicitante para mantener una entrevista personal con el objeto de comprobar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la solicitud. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no podrá exceder de quince días, producirá el efecto de considerar al solicitante desistido en el procedimiento.

  • Una vez resuelta la solicitud, la autoridad competente notificará al interesado la resolución adoptada que, en el caso de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Invitación.

  • La notificación de la resolución favorable de la solicitud de Carta de invitación surtirá efectos para que se proceda al abono de la tasa correspondiente, en los términos previstos en los artículos 44 a 49 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y en la Orden ministerial por la que se establezca el importe de las tasas por concesión de autorizaciones administrativas y expedición de documentos en materia de inmigración y extranjería. El abono de la tasa habrá de realizarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de dicho abono deberá aportarse para recoger la Carta de invitación.

  • La denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de invitación habrá de ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o judicial ante el que hubiera de presentarlos y el plazo para interponerlos.

  • Serán motivos de denegación de la Carta de invitación:
    • La no aportación o la falta de veracidad de los datos contenidos en la citada Carta.

    • El incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 28.3 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 2393/2004.

Estos son los datos oficiales que aporta acerca del trámite de carta de invitación el gobierno español ( http://www.mir.es/extranjeria-28/regimen-general-189/carta-de-invitacion-199), donde cualquier ciudadano español o extranjero en situación legal puede realizar el trámite en favor de un familiar residente fuera del país o un "amigo".

El detalle radica en que hay que probar y poder corroborar el vínculo. Es decir, hay que presentar fotografías, correos y e-mails, etc... todo aquello que pueda demostrar que ese vínculo, ya sea de amistad, noviazgo o lo que fuera, es real.

Por otra parte, también corroboran que, al menos, una de las dos partes haya estado en el país de la otra con anterioridad.

Y con respecto a la vivienda que figura a los fines de la solicitud, quien invita debe tener a su nombre y en su poder el título de propiedad o el contrato de alquiler, más el empadronamiento en dicha vivienda. Lo que hace que esto de la "segunda vivienda" se vea confuso, ya que en el dni figura, como es lógico, una única dirección.

El trámite puede tardar desde un mes a tres meses por lo que hay que comenzarlo con tiempo y, siempre, independientemente de los papeles que se presenten, puede ser denegado.

Aún son inciertas las tasas de cobro que se utilizan pero es costoso. No sólo por las tasas en sí, sino además porque el invitado debe enviar papeles a quien invita y viceversa, lo que lo encarece aún más y, por supuesto, los hace perder aún más tiempo.

Muchos de nosotros, obviamente, debido a lo engorroso del trámite, al costo, al tiempo o, simplemente, a no tener fotos a pesar de sí tener el vínculo, desistimos de hacer el trámite y vamos por la reserva de hotel. De hecho, mismo en los consulados españoles apenas algo se complica te indican que mejor realices la reserva.

CUIDADO con esto. No cometan el tonto error de llegar a la ventanilla de migración para decir que hicieron una reserva al azar porque así lo indicó el consulado. Porque decir esto y decir te estoy mintiendo descaradamente pero no lo suficiente porque te soy sincero, es lo mismo. Y lo único que se logra es volver a casa.

Si al final se opta por realizar una reserva de hotel que nunca se va a utilizar, también hay que cambiar el "speech". Definitivamente, no podemos decirles que en los papeles tendremos una dirección y, en la realidad, otra. Porque no servirá de nada más que para el rechazo. Hay que mentirles. Inventar alguna situación creíble, decir simplemente que vamos de vacaciones y que no conocemos a nadie. O que sí, conocemos a alguien, pero no hay espacio en su casa o lo que fuera... que habrá que ver si es la mejor opción, ya que hay una tendencia a creer que si conocés a alguien allí es más probable que te quedes que si no conocés a nadie.

Es hasta ridículo... pero es lo que hay. No es más que una simple consecuencia de la siempre complicada burocracia.

domingo, 14 de marzo de 2010

A SOLO UN MES...


Última etapa superada, lentamente, ya empiezo a organizarme. Al menos, ya tengo decidido qué cosas quiero y qué voy a regalar. Y ya dividí la ropa en dos: la que uso y probablemente me lleve de la que, definitivamente, no voy a llevar. Y ya regalé a estas últimas bolsas...

En cuanto a los libros, también los dividiré en dos: los que quiero conservar y los que no. Igual que los discos. Pero imagino que voy a querer llevar a la mayoría de ambos.

En cuanto a mis "útiles" artísticos, como lápices, marcadores, acrílicos, pinceles, acuarelas, etc. Me voy a quedar sólo con las estilográficas, que me acompañan desde la facultad y todas sus tintas de colores. El resto, se lo voy a llevar todo a Lucila, mi profe, para su taller. Yo ya tendré tiempo de volver a armarme mi stock.

Las fotos, por supuesto, las quiero todas...

En fin, hoy ya empezaré a traer cajas para empezar a organizarme en la práctica pero, como verán, ya me adapté a la idea de mudanza con todo lo que eso implica.


p.d.: Sebas, ¿vos ya estás preparando tu valija? Espero que tengas un viaje maravilloso y ningún problema migratorio, jeje! ¡Buen viaje! =)

jueves, 11 de marzo de 2010

ETAPAS...


Los cambios conllevan un proceso... mental, psicológico, incluso hasta físico. Mis cambios, particularmente, siempre necesitaron de procesos de adaptación. Yo "necesito" adaptarme a la idea, al cambio en su máximo esplendor.

Y ese proceso está compuesto por etapas, por capítulos coleccionables que se suman a mi vida y, a veces inclusive, la entorpecen.

Ya pasé la etapa de la ilusión y la esperanza de reinventarse; la etapa de auto-convencerse de que es lo mejor, lo más acertado... hasta una necesidad; la etapa de la melancolía, de llorar cada vez que un recuerdo que no se va a volver a repetir te invade la mente; la etapa de la ansiedad, donde uno no hace más que contar días, horas y minutos hasta el hartazgo.

Ahora, me llegó la etapa de la negación, de querer mudarme pero no actuar en consecuencia, no embalar, no decidir, no organizar. Ahora "el cambio" empieza a tomar forma, a convertirse en real y la vida se torna casi difícil, huidiza y poca, como si uno quisiera transformar a los días en chicle.

Hoy me cubre la etapa del pánico, del terror a que algo salga mal... sumado a tener que pasar por migraciones, a irte sin papeles, a quedarte cuando no deberías, a hacer las cosas que no se deben hacer como no se deben hacer. Pánico al cambio; terror a dejar tu vida, esa que conocés, que te contiene, que te pertenece tanto como te pertenecen tus cosas, las que tenés que dejar. Y entonces, la posibilidad de poder reinventarte pierde su calidad de divertido y esperanzador para convertirse en "lo desconocido", el miedo a lo desconocido, a lo nunca visto, a lo nunca hecho, a lo no sentido.

Pero es sólo una etapa más del proceso, este proceso que es como una escalera a subir, peldaño por peldaño, etapa por etapa. Hasta que llegues ahí, a la cima y, como todo ser humano, te adaptes.

domingo, 7 de marzo de 2010

VISA POR TURISMO PARA INGRESAR A EUROPA


Debido al flujo de consultas que he recibido en este blog y, acorde a que muchas de ellas pertenecen a gente de toda América me ha parecido correcto empezar a agregar información que no sólo esté relacionada con argentinos que viajan a Europa. Todos tenemos ganas de viajar sin tener problemas en migraciones y sin hacer un gasto tan grande en vano.

Como argentina, no necesito visa para estar en territorio europeo por 90 días pero algunos países sí. Así que aquí les presento una lista detallada con los países que NO requieren visa, al igual que Argentina.

Ellos son:
Alemania
Andorra
Argentina
Austria
Australia
Bélgica
Brasil
Brunei
Bulgaria
Canadá
Chile
Chipre
Costa Rica
Croacia
Dinamarca
El Salvador
Eslovaquia
Eslovenia
Estados Unidos
Estonia
Finlandia
Francia
Grecia
Guatemala
Holanda
Honduras
Hungría
Irlanda
Islandia
Israel
Italia
Japón
Malacia
Letonia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Malta
México
Mónaco
Nicaragua
Noruega
Nueva Zelanda
Panamá
Paraguay
Polonia
Portugal
Reino Unido
República Checa
República de Corea
Rumania
San Marino
Suecia
Singapur
Uruguay
Venezuela


Aquí les pego la info que encontré para aquellos que sí deben tramitar la visa para el ingreso a Europa:

Turismo o Invitación
(Estadía máxima de 3 meses)

Los países miembros del Acuerdo Schengen son: Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Finlandia, Holanda, Grecia, Dinamarca, España, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal y Suecia.

La visa debe ser solicitada en el Consulado del país miembro del Acuerdo de Schengen que constituye el objetivo principal de su viaje o en el que permanecerá mayor tiempo.

Una visa Schengen permite al viajero ingresar y viajar por el territorio Schengen, pero no le da un derecho automático a ello.El Oficial de control de migraciones en el puesto fronterizo de entrada, tiene la potestad de solicitar al viajero que presente, además de su pasaporte y su visado validos, documentación acreditativa de su situación financiera, del tiempo de permanencia en territorio Schengen, del propósito de su viaje y el billete de retorno. A la vista de esta documentación el Oficial de migraciones, incluso con un visado válido, tiene la potestad de denegar el ingreso en territorio Schengen.

El trámite es estrictamente PERSONAL y demora, una vez recibida toda la documentación entre quince a veinte días hábiles. Presentar documentos originales y copias.

Los documentos provenientes de cada país deberán ser dirigidos directamente al solicitante que deberá presentarlos al momento de la solicitud. Los documentos enviados directamente a la Embajada (por fax, correo o correo electrónico) no serán aceptados.

Requisitos

Favor separar en dos grupos: uno de fotocopias (incluyendo las fotocopias del pasaporte y del documento de identificación) y el otro de originales.

Su expediente debe ser presentado en el siguiente orden (los expedientes incompletos no serán recibidos) :

  • Formulario para corta estadía debidamente llenado y firmado. Totalmente diligenciado con dos fotos (fondo blanco 3.5 x 4.5 cm, cara de 2 a 2.5 cm) recientes. Todos los documentos deben ser presentados en original y fotocopia. (El formulario lo pueden descargar aquí: http://www.inmigracionyvisas.com/pdf_forms/visaesp[2].pdf )
  • Pasaporte (incluidas las páginas 1 a 4 y todas aquellas que tengan sellos o visas) vigente por lo menos 6 meses y con dos páginas libres seguidas como mínimo.

Importante: La Embajada no retiene el pasaporte durante los 15 días de consulta.

Derechos consulares, a pagar en el momento de presentar la solicitud, equivalente a 60 euros, en efectivo y moneda local. Estos derechos corresponden al estudio del expediente ; el dinero no será devuelto en caso de un rechazo.

IMPORTANTE: La solicitud de la cita NO TIENE COSTO.

  • Cédula de ciudadanía (o documento equivalente)
  • Reserva de avión de todo el trayecto del viaje. (impreso)

Importante: la Embajada se reserva el derecho de exigir el tiquete aéreo conforme a la reserva presentada.

  • Reserva de hoteles o Carta de Invitación.
  • Contrato de asistencia médica internacional que cubra gastos por enfermedad, accidente, hospitalización y repatriación por un valor mínimo de 30.000 Euros, y con válidez para todos los estados Schengen durante toda su estadía. Si su tarjeta de crédito incluye un seguro internacional para los casos anteriores, debe presentar una carta de la entidad financiera que certifique el cubrimiento mínimo de 30.000 Euros.
  • Extractos bancarios de su cuenta corriente de los últimos seis meses o en caso de tener una cuenta de ahorros, de los tres últimos trimestres.

Seguidos de los siguientes justificativos de acuerdo con su caso particular:

Justificativos de Situación Laboral y Financiera

  • Para empleados, certificado laboral de la empresa que incluye cargo, salario, tiempo de servicio y vacaciones otorgadas. (Este documento debe presentarse en original).
  • Para personas independientes certificado de la cámara de comercio en original y del certificado del contador en original con fotocopia de su tarjeta profesionalmencionando la dirección, el teléfono y los ingresos mensuales del solicitante; declaración de renta y pago de impuestos de los últimos tres años.
  • Para estudiantes certificado de estudio en original con fechas de vacaciones del establecimiento escolar. Todos los justificativos financieros de la persona que va a hacerse cargo de su viaje y de sus gastos.
  • Para los menores de edad se exige la presencia de los dos padres. En caso de viajar con sus padres, los menores están exentos de presentarse a la cita.

En cualquiera de los dos casos, los 2 padres deben presentarse con los siguientes documentos; fotocopia del registro civil, permiso de salida de los padres dirigido a la Embajada, carta original de responsabilidad de los padres haciéndose cargo de su estadía en los estados Schengen con justificativos financieros que demuestren la capacidad de sufragar estos gastos. Debe tener con usted los documentos originales pues le serán solicitados durante la entrevista.

Advertencia

Además de su pasaporte válido con la visa Schengen, al pasar la frontera todo extranjero debe poder presentar :

  • Justificativos de su estadía (reserva de hotel, inscripción a un tour, atestado de acogida, etc.); en caso de viaje de negocios carta de invitación de la empresa europea.
  • Justificativos financieros (tarjetas de crédito, efectivo....)
  • Asistencia médica por un monto mínimo de 30.000 euros
  • Justificativo de regreso al país de origen (tiquete de avión).
  • Para los territorios de ultramar los requisitos anteriores, más la visa especificando el destino.

Esto y más información la pueden encontrar en: http://www.inmigracionyvisas.com

jueves, 4 de marzo de 2010

INFECCIÓN, TIMO, TIEMPO


Hace prácticamente una semana que sufro de una infección en el intestino. No se lo deseo a nadie.
Bueno, no mata... así que quizás a alguien sí.



Buscando pisos en Sevilla conocí un timo nuevo. Te presentan departamentos hermosos a buen precio y luego se comunican para decirte que el propietario vive en otro país, que si enviás el dinero, ellos te envían la llave... en fin.



Cada vez queda menos tiempo para el viaje y más cosas para decidir. Esto de pasar mucho tiempo en cama es contraproducente.
Primero, se pierde tiempo (con lo valioso que es para mí el tiempo); segundo, se piensa demasiado... en el tiempo que se pierde y en las cosas por hacer, claro.