Cruzando el Charco...
Las aventuras de una argentina en el periplo español.
viernes, 13 de julio de 2012
NOVEDADES EN LAS CARTAS DE INVITACIÓN ESPAÑOLA...
Como ya algunos sabéis... los requisitos para tramitar una Carta de Invitación para venir de visita a España han cambiado y mucho.
Antes solicitaban al español (o extranjero residente) que invitaba que demostrara el vínculo con el invitado a través de fotografías o cartas, además de solicitar fotocopia del pasaporte del invitado y, hoy por hoy, esto ya no es necesario (era hora). Ahora simplemente nos exige ir a hacer el trámite con un documento de identidad válido y la solicitud debidamente cumplimentada.
Aquí les dejo el link del Ministerio del Interior de España con los requisitos (aunque tendría que figurar también el valor del trámite y no figura).
http://www.interior.gob.es/extranjeria-28/regimen-general-189/carta-de-invitacion-199
Y el link para la solicitud de la carta.
http://www.interior.gob.es/file/56/56102/56102.pdf
Bienaventurados los que tramiten la carta por primera vez ahora y no hayan conocido el antiguo sistema ;)
jueves, 12 de julio de 2012
MIL DISCULPAS... (comentarios y respuestas)
Queridos lectores:
Os pido millones de disculpas porque hace tiempo que no estoy respondiendo los mensajes que me dejáis en el blog. Es que nos hemos vuelto a mudar y entre la mudanza, el trabajo y la tardanza de volver a tener internet en casa se me ha atrasado todo. Realmente lo siento... sé que uno de los valores más importantes de este blog es que mis respuestas son casi inmediatas (o intentan serlo).
Espero, en la mayor brevedad posible, volver a ponerme al día.
Gracias por la paciencia,
Cat
Os pido millones de disculpas porque hace tiempo que no estoy respondiendo los mensajes que me dejáis en el blog. Es que nos hemos vuelto a mudar y entre la mudanza, el trabajo y la tardanza de volver a tener internet en casa se me ha atrasado todo. Realmente lo siento... sé que uno de los valores más importantes de este blog es que mis respuestas son casi inmediatas (o intentan serlo).
Espero, en la mayor brevedad posible, volver a ponerme al día.
Gracias por la paciencia,
Cat
lunes, 7 de mayo de 2012
Reinstalándonos...
Pues resulta que cuando eres residente, además de modificar el padrón cada vez que te mudas, debes dirigirte a la oficina de Extranjería o a la Comisaría de Policía Nacional que corresponda a tu nuevo domicilio.
Allí te piden varias tonterías y dejan sentado (según ellos para notificaciones futuras) cuál es tu nuevo domicilio. A saber:
*certificado de empadronamiento colectivo o de convivencia,
*un escrito que lleva tu firma donde tu pones (justamente por escrito) que te has mudado,
*pasaporte y fotocopia, y
*tarjeta de residente y fotocopia.
Un rollo! Pero bueno, al menos no es necesario hacer una nueva tarjeta de residente cada vez que te mudas... en fin. Espero que os sirva de algo :)
El resto de la mudanza, genial... adaptándonos ;)
miércoles, 25 de abril de 2012
Mudanza, blog y viaje...
Queridos lectores... una vez más, estoy de mudanza completa. Nos mudamos a la tierra prometidaaaaaa (es decir, nos vamos a Galicia!). Ya partimos mañana, estamos en plena mudanza, atiborrados de cajas, cajitas y cajones y apretados entre maletas y maletones.
Seguramente, no pueda conectarme en los próximos días... habrá que ver cuando nos colocan el nuevo adsl y ese tipo de cosas. Así que sólo espero que sus dudas no tengan mucha urgencia y que me tengan un poquito de paciencia para las respuestas.
Gracias a todos por siempre estar ahí...
Abrazo,
Cat
sábado, 25 de febrero de 2012
QUÉ SUCEDE EN BARAJAS CUANDO NO SOMOS ADMITIDOS...
La puerta de entrada del área de NO admitidos del aeropuerto de Barajas. Tomada del facebook de Revista Orsai.
Hace un tiempo, encontré una revista que ciertamente recomiendo y que, independientemente de lo buena que es, ha publicado en su primer número un artículo sobre qué sucede cuando no somos admitidos en Barajas. El artículo se llama "La crónica del deportado", título erróneo si los hay porque cuando no nos admiten no nos deportan. Quiero decir, un deportado no puede volver a pisar el país por los próximos cinco años. Sin embargo, un no admitido puede volver al día siguiente, siempre que cumpla los requisitos que no cumplió en un principio...
El artículo es el primero del primer número de la revista y vale la pena leerlo para desterrar un poco los mitos sobre qué sucede realmente allí... con una visión diferente, la de un periodista capaz de ser objetivo con su historia porque no conlleva ni el dolor o la indignación del que es apartado, rechazado.
Aquí les dejo el link de la revista Orsai:
http://issuu.com/revista_orsai/docs/primera_parte
Y si se enrollan pueden seguir leyendo... Orsai tiene su encanto. Al menos a mí me lo pareció...
lunes, 6 de febrero de 2012
Vuelta al viejo blog...
Queridos lectores...
Muy a mi pesar he tenido que volver al formato viejo del blog debido a los problemas que estaban surgiendo con los comentarios y la lectura o respuesta de los mismos.
Quizás nos cueste volver a adaptarnos al sistema anterior (a mí la primera) pero no me quedo tranquila si tenemos problemas con la parte más importante: nuestra interacción.
Disculpen las molestias...
Abrazo,
Cat
jueves, 26 de enero de 2012
COMENTARIOS NUEVOS (requisitos para entrar en España)
Queridos lectores,
Imagino que el post REQUISITOS PARA ENTRAR A ESPAÑA se ha saturado de comentarios ya que no me permite cargar los últimos... yo podría responder igual, ya que sus mensajes los leo en mi mail pero, he aquí el problema, tengo miedo de que ustedes no puedan leer mis respuestas...
Así que a partir de ahora, empezaremos a subir los comentarios en este nuevo post :) Espero que les parezca bien y que no se transforme en un rollo...
Abrazo,
Cat
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